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Guía · Puerto Morelos

Cómo rentar en Puerto Morelos

Lo que hay que saber antes de pagar: el proceso, el depósito, el aval, el contrato y los fraudes más comunes.

Revisado el 14 de octubre de 2026 · Información general con fuentes, no asesoría legal.

El proceso, paso a paso

  • Elige zona y presupuesto

    Puerto Morelos tiene dos caras: el puerto antiguo y la costa, que la ley municipal llama zona turística, y colonias como Zetina Gasca y Pescadores, zona urbana. Compara las rentas de cada una antes de decidir.[1]

  • Busca en varios canales

    No hay un canal central: grupos y Marketplace de Facebook, WhatsApp, letreros de “Se renta”, agencias y portales. Muchas viviendas nunca se anuncian en línea.[2][3]

  • Visita antes de pagar

    No pagues ni un peso por un lugar que no has visto, ni a alguien que no puede enseñártelo. Un buen lugar se va rápido, pero no tanto como para no verlo.[3][4]

  • Verifica a quien renta

    Pide su identificación. Si es agente, su matrícula de la SEDETUS: en Quintana Roo es obligatoria para intermediar rentas y aparece en un padrón público.[5]

  • Firma por escrito

    En Quintana Roo el arrendamiento debe hacerse por escrito. Si el contrato es bilingüe, la versión en español es la que vale ante un juez.[3][6]

  • Haz el inventario al entrar

    Anota el estado de cada cosa con fotos fechadas y la lectura de los medidores de luz y agua. Sin descripción, la ley presume que recibiste todo en buen estado.[6][7]

Cuánto pagas al entrar

  • La ley no fija el depósito

    El Código Civil de Quintana Roo no pone tope ni plazo de devolución; solo dice que el saldo a tu favor al terminar se devuelve de inmediato. Escribe en el contrato el monto, para qué puede usarse y en cuántos días se devuelve.[6][8]

Aval y póliza jurídica

  • El aval

    Una persona que firma contigo y responde si dejas de pagar. Se suele pedir que tenga una propiedad libre de gravámenes en el mismo estado, algo difícil para quien llega de fuera.[9]

  • No pueden rechazar a un aval válido

    El propietario no puede negarse a un fiador que cumpla los requisitos de la ley (art. 2710). Si el contrato se prorroga o se renueva solo, la garantía del aval termina, salvo pacto en contrario (art. 2740).[6]

  • La póliza jurídica

    La alternativa al aval: un despacho estudia tu perfil y respalda al propietario si hay conflicto. Cuesta entre el 35% y un mes de renta, según la fuente; ninguna ley dice quién la paga, se acuerda.[9][10]

El contrato

  • Renovar

    Si estás al corriente, puedes pedir una prórroga de hasta un año en los 15 días siguientes al vencimiento. El propietario solo puede subir la renta hasta un 10% y si demuestra que subieron las rentas de la zona (art. 2738).[6]

  • Quedarte sin firmar de nuevo

    Si sigues en la vivienda sin oposición, el contrato se renueva por tiempo indefinido con la misma renta (art. 2739); cualquiera de los dos lo termina con dos meses de aviso (art. 2714).[6]

  • Renta en dólares

    Puedes pagarla en pesos, al tipo de cambio del lugar y día del pago.[11]

  • Condominios y servicios

    En un condominio, el contrato debe llevar copia del reglamento. Y el propietario no puede cortarte los servicios básicos (art. 2687).[6][12]

Fraudes comunes

  • Fotos robadas y “apartado”

    Alguien copia las fotos de un anuncio real y pide un depósito para “apartar” un lugar que dice ocupado. Hay perfiles falsos que reaparecen con el nombre al revés.[4][13]

  • El dueño “está de viaje”

    Te piden mandar el depósito a otra persona porque el propietario no puede atenderte.[3]

  • “Ya se rentó, pero tengo otro”

    El anuncio era un gancho para ofrecerte otra cosa.[3]

  • Prisa

    Presión para decidir hoy o negativa a enseñarte el lugar. Pedir un buró de crédito antes de la visita también es mala señal.[3]

  • Para propietarios

    Comprueba cada pago en tu banco: en Tulum, unos inquilinos dejaron de pagar, enviaron un comprobante de transferencia falso y vaciaron el departamento.[14]

Servicios y temporada

  • El agua es de Aguakan

    Como en Cancún, el agua la da Aguakan, una concesión privada. Pregunta si el recibo va incluido en la renta y pide el último.[15]

  • Ojo con la tarifa DAC

    Pide los últimos recibos de luz. Si el medidor pasó a la tarifa de alto consumo (DAC, sin subsidio), la factura se dispara y es muy difícil bajarla.[2]

Preguntas frecuentes

¿Cuánto depósito se paga en Puerto Morelos?
La ley de Quintana Roo no fija monto ni tope: se acuerda en el contrato. Escribe ahí cuánto es, para qué se usa y en cuántos días se devuelve.
¿Necesito aval para rentar en Puerto Morelos?
La ley no lo exige: lo pide el propietario si quiere. Si te lo piden, una póliza jurídica puede sustituirlo.
¿Qué es una póliza jurídica?
Un servicio de un despacho que investiga al inquilino y respalda al propietario si hay conflicto. Sustituye al aval y cuesta entre el 35% y un mes de renta, según la fuente.
¿El contrato de renta tiene que ser por escrito?
Sí. El Código Civil de Quintana Roo (art. 2682) exige que el arrendamiento se haga por escrito.
¿Me pueden subir la renta al renovar?
Si pides la prórroga estando al corriente, el aumento tiene un tope del 10% y el propietario debe demostrar que subieron las rentas de la zona (art. 2738). En un contrato nuevo, la renta es libre.
¿Cómo evito un fraude al rentar?
No pagues nada antes de visitar ni a alguien que no puede enseñarte el lugar. Paga a nombre de quien firma el contrato, pide recibo y, si es agente, revisa su matrícula de la SEDETUS.

Fuentes