Recibo de apartado
Cuánto se entregó, qué aparta, hasta cuándo y en qué casos se devuelve.
Unos 6 minLo firman: quien recibe el dinero y el interesado
Para qué sirve
Es el recibo del dinero que un interesado entrega para que le guarden un inmueble mientras se firma el contrato. Dice cuánto se entregó, qué condiciones de renta se apartan, hasta qué fecha y qué pasa con el dinero si alguna de las partes se arrepiente.
Es el documento que más pleitos evita: la mayoría de los apartados que no se devuelven nunca tuvieron un recibo que dijera en qué casos debían devolverse.
Qué incluye
- Quién recibe el dinero y con qué carácter (dueño, agente con matrícula, representante)
- Monto, moneda, forma de pago y fecha
- Condiciones de renta ya habladas y fecha límite para firmar
- Si el inmueble deja de ofrecerse mientras tanto
- Qué pasa si se arrepiente el interesado, y si se arrepiente el dueño
- Devolución si no se aprueba la documentación
- A qué se aplica el apartado al firmar
Errores comunes
- Transferir un apartado sin haber visto el inmueble ni saber quién es el dueño.
- Aceptar un recibo que no dice en qué casos se devuelve el dinero.
- No poner fecha límite: el apartado no puede durar para siempre.
- Entregar dinero a un agente sin confirmar que el dueño lo autorizó.
- No anotar las condiciones de renta: si el contrato llega distinto, no hay cómo reclamar.
Un modelo, no un consejo legal
Preguntas frecuentes
¿Me devuelven el apartado si me arrepiento?
Depende de lo que diga el recibo. El Código Civil de Quintana Roo trata estas cantidades como arras: por regla general, quien las dio las pierde si es él quien incumple. Pueden pactar otra cosa, y este formato te hace elegirla.
¿Y si es el dueño quien se arrepiente?
La regla del Código es que quien recibió las arras las devuelve con otro tanto. También puede pactarse la devolución simple. El recibo dice cuál aplica y en cuántos días.
¿Puede recibir el apartado un agente?
Sí, si el dueño lo autorizó. La ley de Quintana Roo obliga al agente a dar recibo y a no usar ese dinero para otra cosa. Pide su número de matrícula.
¿El apartado es lo mismo que el depósito?
No. El apartado reserva el inmueble antes de firmar; el depósito garantiza el contrato ya firmado. Al firmar, el apartado se aplica a la primera renta o al depósito, según se pacte.
¿Cuánto se suele dejar de apartado?
No hay monto legal. Lo habitual es que no pase de un mes de renta.
Qué clase de firma es
- Es una firma electrónica simple con registro de auditoría: cada parte abre su enlace personal, lee el documento, escribe su nombre completo y acepta expresamente. Guardamos la fecha, la hora, la dirección IP, el navegador y la huella SHA-256 del texto, que queda fijo desde el envío.
- En términos generales, la legislación mercantil y civil mexicana reconoce la firma electrónica entre partes que consienten en usarla, y un juez valora su fuerza según la fiabilidad del método.
- No es una firma electrónica avanzada (como la e.firma del SAT) ni incluye una constancia de conservación NOM-151 emitida por un prestador de servicios de certificación.
- Si necesitas ese nivel de prueba, el siguiente paso es la integración con un proveedor certificado; mientras tanto, puedes imprimir el documento y firmarlo también en papel.
Leyes en las que se apoya
- Código Civil para el Estado de Quintana Roo: arts. 296 a 298 (arras)
- Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Quintana Roo: arts. 12 fr. IX y 30
Citamos los artículos para que cualquiera pueda comprobarlos. Las leyes cambian: confirma que sigan vigentes si tu caso es delicado.